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¿Qué derechos tengo como socio adjudicatario de un vivienda en una Cooperativa?

  • URBAN LEGAL HUB
  • 6 sept
  • 3 Min. de lectura
Derechos del socio en el contrato de adjudicación de vivienda
Derechos del socio en el contrato de adjudicación de vivienda

Una vez firmado el contrato, el socio tiene derechos específicos que protegen su inversión y garantizan transparencia en el proceso:


1. Derecho a la adjudicación efectiva

- El contrato garantiza que se te asignará una vivienda concreta dentro del proyecto.

- Debe incluir plano, memoria de calidades y fecha estimada de entrega.


2. Derecho a la devolución de aportaciones

- Si causas baja, tienes derecho a recuperar el dinero aportado para la vivienda.

- Los plazos varían: hasta 18 meses si la baja es voluntaria justificada.


3. Derecho a garantía de las cantidades entregadas

- Desde que se obtiene la licencia de obras, la cooperativa debe contratar un seguro de caución o aval bancario.

- Esto protege tu dinero si la obra no se inicia o no se termina.


4. Derecho a información sobre el coste real

- Puedes exigir que se te informe del coste total de tu vivienda, incluyendo gastos de gestión, construcción y financiación.

- También tienes derecho a conocer cómo se reparte ese coste entre los socios.


5. Derecho a subrogación

- Si decides abandonar el proyecto, puedes buscar a alguien que te sustituya como socio.

- En ese caso, la devolución de tus aportaciones debe ser inmediata.


6. Derecho a modificar el contrato por acuerdo colectivo

- Si hay cambios en el proyecto (calidades, plazos, distribución), deben aprobarse en Asamblea.

- No pueden imponerse modificaciones unilaterales sin tu consentimiento.



A continuación, desarrollamos cada uno de los anteriores derechos:


🏠 1. Derecho a la adjudicación efectiva


- ¿Qué significa? Que la cooperativa se compromete a entregarte una vivienda concreta, con sus características definidas: ubicación, planta, metros, número de habitaciones, garaje, trastero, etc.

- ¿Por qué es importante? Porque te da seguridad jurídica: no estás en una lista de espera, sino que tienes asignada una vivienda específica.

- ¿Dónde se refleja? En el contrato debe aparecer todo esto por escrito, incluyendo plano y memoria de calidades.



💰 2. Derecho a la devolución de aportaciones


- ¿Qué significa? Si decides darte de baja como socio, puedes recuperar el dinero que has aportado.

- ¿Hay condiciones? Sí. Depende de los estatutos de la cooperativa y del momento en que te das de baja, siempre sometido a los resultados de la Cooperativa en el ejercicio en el que causes baja. Si es antes del inicio de obra, suele haber más flexibilidad.

Además, la cantidad a recuperar puede depender de la calificación de tu baja como justificada (reembolso del 100%) o no justificada (rembolso con una deducción de hasta el 10% sobre las cantidades entregadas a cuenta del precio de la vivienda y de hasta el 20% sobre las aportaciones a capital social).

- ¿Plazos? No podrás recuperar tus aportaciones has ser sustituido por otro/a socio/a entrante.



🛡️ 3. Derecho a garantía de las cantidades entregadas


- ¿Qué significa? Que tu dinero está protegido por ley.

- ¿Cómo se garantiza? A través de un aval bancario o seguro de caución, obligatorio desde que se obtiene la licencia de obras.

- ¿Para qué sirve? Si el proyecto no se ejecuta, puedes recuperar tus aportaciones gracias a esa garantía.



📊 4. Derecho a información sobre el coste real


- ¿Qué incluye? El precio total de tu vivienda, el IVA (normalmente 10 %), las aportaciones mensuales y cualquier gasto adicional.

- ¿Por qué importa? Porque en una cooperativa tú eres co-promotor: tienes derecho a saber cómo se gestiona cada euro.

- ¿Dónde se detalla? En el contrato debe aparecer el coste estimado y el plan de pagos.



🔄 5. Derecho a subrogación


- ¿Qué significa? Si no puedes continuar en el proyecto, puedes buscar a otra persona que te sustituya como socio.

- ¿Qué implica? Esa persona asume tu posición, y tú recuperas tus aportaciones sin tener que esperar los plazos de baja voluntaria.

- ¿Es automático? No siempre. Debe ser aprobado por la cooperativa, pero es una vía habitual y práctica.



✍️ 6. Derecho a modificar el contrato por acuerdo colectivo


- ¿Qué significa? Que si hay cambios en el proyecto (materiales, distribución, plazos), deben aprobarse en Asamblea.

- ¿Puedes negarte? Sí, si el cambio te perjudica gravemente. No pueden imponerte modificaciones sin tu consentimiento.

- ¿Ejemplo? Si se cambia la memoria de calidades, debe respetarse lo pactado o mejorarse, nunca empeorarse.


Si tienes dudas o crees que tus derechos han sido vulnerados, podemos ayudarte.


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