¿Qué derechos tengo como socio adjudicatario de un vivienda en una Cooperativa?
- URBAN LEGAL HUB
- 6 sept
- 3 Min. de lectura

Una vez firmado el contrato, el socio tiene derechos específicos que protegen su inversión y garantizan transparencia en el proceso:
1. Derecho a la adjudicación efectiva
- El contrato garantiza que se te asignará una vivienda concreta dentro del proyecto.
- Debe incluir plano, memoria de calidades y fecha estimada de entrega.
2. Derecho a la devolución de aportaciones
- Si causas baja, tienes derecho a recuperar el dinero aportado para la vivienda.
- Los plazos varían: hasta 18 meses si la baja es voluntaria justificada.
3. Derecho a garantía de las cantidades entregadas
- Desde que se obtiene la licencia de obras, la cooperativa debe contratar un seguro de caución o aval bancario.
- Esto protege tu dinero si la obra no se inicia o no se termina.
4. Derecho a información sobre el coste real
- Puedes exigir que se te informe del coste total de tu vivienda, incluyendo gastos de gestión, construcción y financiación.
- También tienes derecho a conocer cómo se reparte ese coste entre los socios.
5. Derecho a subrogación
- Si decides abandonar el proyecto, puedes buscar a alguien que te sustituya como socio.
- En ese caso, la devolución de tus aportaciones debe ser inmediata.
6. Derecho a modificar el contrato por acuerdo colectivo
- Si hay cambios en el proyecto (calidades, plazos, distribución), deben aprobarse en Asamblea.
- No pueden imponerse modificaciones unilaterales sin tu consentimiento.
A continuación, desarrollamos cada uno de los anteriores derechos:
🏠 1. Derecho a la adjudicación efectiva
- ¿Qué significa? Que la cooperativa se compromete a entregarte una vivienda concreta, con sus características definidas: ubicación, planta, metros, número de habitaciones, garaje, trastero, etc.
- ¿Por qué es importante? Porque te da seguridad jurídica: no estás en una lista de espera, sino que tienes asignada una vivienda específica.
- ¿Dónde se refleja? En el contrato debe aparecer todo esto por escrito, incluyendo plano y memoria de calidades.
💰 2. Derecho a la devolución de aportaciones
- ¿Qué significa? Si decides darte de baja como socio, puedes recuperar el dinero que has aportado.
- ¿Hay condiciones? Sí. Depende de los estatutos de la cooperativa y del momento en que te das de baja, siempre sometido a los resultados de la Cooperativa en el ejercicio en el que causes baja. Si es antes del inicio de obra, suele haber más flexibilidad.
Además, la cantidad a recuperar puede depender de la calificación de tu baja como justificada (reembolso del 100%) o no justificada (rembolso con una deducción de hasta el 10% sobre las cantidades entregadas a cuenta del precio de la vivienda y de hasta el 20% sobre las aportaciones a capital social).
- ¿Plazos? No podrás recuperar tus aportaciones has ser sustituido por otro/a socio/a entrante.
🛡️ 3. Derecho a garantía de las cantidades entregadas
- ¿Qué significa? Que tu dinero está protegido por ley.
- ¿Cómo se garantiza? A través de un aval bancario o seguro de caución, obligatorio desde que se obtiene la licencia de obras.
- ¿Para qué sirve? Si el proyecto no se ejecuta, puedes recuperar tus aportaciones gracias a esa garantía.
📊 4. Derecho a información sobre el coste real
- ¿Qué incluye? El precio total de tu vivienda, el IVA (normalmente 10 %), las aportaciones mensuales y cualquier gasto adicional.
- ¿Por qué importa? Porque en una cooperativa tú eres co-promotor: tienes derecho a saber cómo se gestiona cada euro.
- ¿Dónde se detalla? En el contrato debe aparecer el coste estimado y el plan de pagos.
🔄 5. Derecho a subrogación
- ¿Qué significa? Si no puedes continuar en el proyecto, puedes buscar a otra persona que te sustituya como socio.
- ¿Qué implica? Esa persona asume tu posición, y tú recuperas tus aportaciones sin tener que esperar los plazos de baja voluntaria.
- ¿Es automático? No siempre. Debe ser aprobado por la cooperativa, pero es una vía habitual y práctica.
✍️ 6. Derecho a modificar el contrato por acuerdo colectivo
- ¿Qué significa? Que si hay cambios en el proyecto (materiales, distribución, plazos), deben aprobarse en Asamblea.
- ¿Puedes negarte? Sí, si el cambio te perjudica gravemente. No pueden imponerte modificaciones sin tu consentimiento.
- ¿Ejemplo? Si se cambia la memoria de calidades, debe respetarse lo pactado o mejorarse, nunca empeorarse.
Si tienes dudas o crees que tus derechos han sido vulnerados, podemos ayudarte.
Comentarios