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Defectos constructivos

¿Qué son y cómo reclamarlos eficazmente?

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¿Qué son y cuáles son?

Son aquellos defectos visibles o no detectables que afectan directamente:

• La habitabilidad de la vivienda

• La seguridad estructural

• El valor económico del inmueble

Los vicios ocultos son defectos preexistentes no detectados durante la compra que comprometen significativamente el uso normal o valor de la propiedad.

Ejemplos comunes incluyen:

• Humedades y filtraciones

• Grietas estructurales

• Fallos en instalaciones eléctricas

• Problemas de aislamiento térmico o acústico

Marco legal

El Artículo 1591 del Código Civil establece la responsabilidad decenal del constructor por defectos que comprometan la estabilidad del edificio.

La Ley de Ordenación de la Edificación (LOE) complementa y actualiza este régimen de responsabilidades.

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Plazos de garantía

• 1 año para defectos de acabados y terminaciones

• 3 años para defectos que afectan la habitabilidad

• 10 años para defectos estructurales graves

Importante: El plazo comienza desde la recepción formal de la obra, no desde la compra individual.

Plazos de prescripción

Una vez manifestado el defecto, existe un plazo de 2 años para interponer la reclamación judicial correspondiente.

La notificación fehaciente al constructor interrumpe el plazo de prescripción.

¿Pasos para reclamar eficazmente?

1.- Detección y documentación:

• Realizar inspección técnica exhaustiva

• Documentar fotográficamente cada defecto

• Encargar informe pericial a profesionales cualificados

• Cuantificar el coste de las reparaciones necesarias

2. Notificación formal:

• Enviar burofax detallando los defectos detectados

• •Adjuntar resumen del informe pericial

• Establecer plazo para respuesta 

• Solicitar visita técnica conjunta al inmueble

3.- Negociación extrajudicial:

• Programar reunión con promotor/constructor

• Presentar propuesta concreta de reparación

• Intentar acuerdo con calendario de actuaciones 

• Documentar todos los compromisos por escrito

4.- Procedimiento judicial:

• Asesorarse de abogados especialistas

• Contratar un informe pericial experto

• Presentar demanda colectiva si no hay acuerdo

• Solicitar medidas cautelares si es necesario

 

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Disponemos de un equipo de abogados expertos y peritos especialistas que te asesorarán y representarán tu intereses paso a paso. 

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